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Paso a paso:
Cómo solicitar la Prestación Básica Universal

La Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) te permite acceder a los servicios de internet, televisión paga, y telefonía celular y fija con tarifas reducidas.

¿Qué planes hay disponibles?

Internet
Los planes de internet varían según la cantidad de clientes de la empresa encargada de proveer el servicio.

Prestadores con más de 50.000 clientes

  • AMBA: 10 megas por $700
  • Resto del país: 5 megas por $700

Prestadores que tengan entre 2.000 y 50.000 clientes

  • 5 megas por $700

Prestadores con menos de 2.000 clientes

  • 2 megas por $600

Televisión paga
En la televisión paga se hará un descuento al usuario en relación con la categoría de la empresa prestadora del servicio.
Categoría Número de clientes de la empresa Porcentaje de descuento

  • Categoría 1 Más de 500.000 30%
  • Categoría 2 Entre 100.000 y 500.000 25%
  • Categoría 3 Entre 30.000 y 100.000 20%

Telefonía Fija
El precio de la telefonía fija es de $380 por mes.
El plan tiene las siguientes características:

  • Llamadas libres a números 0800 y números de emergencia.
  • Sin límite de llamadas entrantes.
  • 300 minutos para llamadas locales y de larga distancia a destinos fijos de Argentina.

Telefonía Celular
La Prestación Básica Universal de telefonía celular está disponible a un precio de $150 por mes:

  • WhatsApp libre (sólo texto).
  • 500 minutos para llamadas entre mismas compañías y 50 minutos para otras compañías.
  • 500 SMS.
  • Paquetes de datos

Plan Internet Precio
- Opción A 1 GB $200
- Opción B 50 MB $18

¿Quiénes podrán pedir la PBU?

Podrán hacerlo aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), como así también sus hijos de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar (madre, padre, cónyuge o conviviente).
  • Beneficiarias de la Asignación por Embarazo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar (madre, padre, cónyuge o conviviente).
  • Usuarios inscriptos en el Monotributo Social, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas, que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Usuarios que cobren un seguro de desempleo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Clubes de barrio.
  • Asociaciones de bomberos voluntarios.
  • Usuarios que perciban una beca del programa Progresar.
  • Personas que se encuentren sin trabajo o lo hagan informalmente, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

¿Cómo se tramita la PBU?
Los usuarios tendrán que realizar una declaración jurada completando sus datos personales y tendrán que enviarla a su prestador de servicio, quién tendrà que gestionarla. En caso que el prestador se niegue a brindar la prestación el usuario tendrá que iniciar el reclamo a través de un formulario online informativo ante el ENACOM.


www.info-almagro.com.ar (3527) - Publicado el: Lunes 15/02/21 - Fuente: Selectra Argentina y ENACOM