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La calle Angel Peluffo debe conservar su nombre

La Junta de Estudios Históricos de Almagro no está de acuerdo con el cambio de nombre de la calle que recuerda a un destacado vecino del barrio y fundamentalmente porque no consultaron a esa Junta ni a otras destacadas personalidades de la cultura almagrense para su reemplazo.

A continuación publicamos un informe emitido por la JEHA, donde manifiestan su disconformidad y las causas por la cuales rechazan el cambio de nombre de dicha arteria del barrio de Almagro:

Ante la inquietud de un vecino que nos consultó sobre un posible cambio de nombre de la calle Peluffo, esta Junta de Estudios Históricos de Almagro (miembro de la Federación Junta Central de Estudios Históricos de la Ciudad de Buenos Aires) inició una investigación de la que resultó que en la Sesión Ordinaria del jueves 19 de marzo de 2015 se produjo la aprobación definitiva de la Ley N° 5246, promulgada y publicada en el BOCBA N° 4634 por la que se denomina “Dr. Carlos A. Gianantonio” a la calle Peluffo, de nuestro barrio.

Grande fue nuestra sorpresa, dado que los vecinos que viven en esa calle jamás fueron consultados sobre un proyecto en este sentido, como no lo fueron los vecinos del barrio. Tampoco se consultó a los descendientes directos del Sr. Ángel Peluffo, por quien esta calle lleva su nombre, ni destacadas personalidades de la cultura almagrense como los Sres. Omar Granelli o Juan José Vieytes.

Por otro lado, ni la Federación Junta Central de Estudios Históricos de la Ciudad de Buenos Aires, ni esta Junta de Estudios Históricos del Barrio de Almagro, nunca fueron informadas del proyecto, ni menos consultadas, sobre una cuestión que incumbe a su objeto y competencia y, por tanto, NO PUEDEN SER DESCONOCIDAS por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El criterio de ambas instituciones es desfavorable a cambios de fondo en la nomenclatura de calles que afecten la vida cotidiana de los vecinos, la memoria histórica de la ciudad o la identidad barrial.

Cabe agregar que, ante nuestra consulta, la Comisión Permanente de Nomenclatura Urbana, con fecha 20 de octubre de 2014, se había expedido específicamente contra el cambio de denominación, tanto para el Pasaje King cuanto de la calle Ángel Peluffo así: “Ángel Peluffo… la denominación de esta calle data de 1933, tiempo suficiente para consustanciarse con el barrio en que se encuentra y en especial con los vecinos que la habitan. Esta Comisión sostiene el criterio de permanencia de la nomenclatura urbana y aconseja que las designaciones se refieran a calles o espacios verdes sin denominación oficial”. Concluye: “Por lo expuesto esta Comisión de Nomenclatura Urbana aconseja no hacer lugar al cambio de denominación de la calle Ángel Peluffo”.

No obstante esta respuesta del organismo consultado, el 29 de octubre de 2014 se produjo un primer dictamen de la Comisión de Cultura, que omitió en sus fundamentos este informe y recomendó al Cuerpo Parlamentario la aprobación inicial de la ley, que el 6 de noviembre de 2014 tuvo aprobación inicial: "Artículo 1°.- Denomínase "Dr. Carlos A. Gianantonio" a la calle Ángel Peluffo del barrio de Almagro".

Preocupa a la Junta de Estudios Históricos de Almagro que la convocatoria a Audiencia Pública se haya efectuado en pleno RECESO DE VERANO y sin anuncios, comunicación ni invitación a las partes interesadas (Nota de la redacción: A solicitud de la Legislatura CABA, la convocatoria a la Audiencia pública fue publicada durante diez días en la página web del barrio
www.info-almagro.com.ar)
. Se estableció que esta audiencia se realizara el 10 de marzo de 2015 a las 13 horas, en día y horario INCONVENIENTES PARA FACILITAR LA PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA, lo que hizo que en esa instancia, NO HUBIERA INSCRIPTOS NI SE EXPUSIERAN ARGUMENTOS.

Que la Junta de Estudios Históricos de Almagro considera que la Ley N° 6 —reglamentaria de las Audiencias Públicas— establece con claridad que: "La Audiencia Pública constituye una instancia de participación en el proceso de toma de decisión administrativa o legislativa, en el cual la autoridad responsable de la misma habilita un espacio institucional para que todos aquellos que puedan verse afectados o tengan un interés particular expresen su opinión, respecto de ella. Es una herramienta participativa que ofrece a la ciudadanía la posibilidad de conocer un proyecto, las ventajas y desventajas que conlleva su realización y evidencia la complejidad de factores que deben tenerse en cuenta ante la ejecución de una política pública. Su objetivo es que la autoridad responsable de tomar la decisión acceda a las distintas opiniones sobre el tema, en forma simultánea y en pie de igualdad a través del contacto directo con los interesados. Las opiniones de la ciudadanía en la Audiencia Pública son de carácter consultivo y no vinculante". Y que ESTOS PROPÓSITOS NO FUERON CUMPLIDOS FEHACIENTEMENTE.

Sorprende igualmente a la Junta de Estudios Históricos de Almagro el BREVÍSIMO LAPSO DE TIEMPO QUE MEDIÓ entre el dictamen de la Comisión de Cultura y la aprobación inicial, así como también entre la realización de la Audiencia Pública y la aprobación definitiva de la Ley N° 5246.

Que la Junta de Estudios Históricos de Almagro entiende que se lesionaron INTERESES COLECTIVOS, ya que NO SE RESPETARON LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES que amparan desde el año 1996 a quienes vivimos en la Ciudad de Buenos Aires y por las que las instituciones autónomas de dicha ciudad se organizan bajo un régimen de DEMOCRACIA PARTICIPATIVA. Que los derechos y garantías no pueden ser negados ni limitados por la omisión o insuficiencia de su reglamentación y ni la propia Constitución puede cercenarlos. Que la Ciudad promueve la remoción de cualquier tipo de obstáculo que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación en la vida política, económica o social de la comunidad. Y que nuestra Carta Magna garantiza "El derecho a comunicarse, requerir, difundir y recibir información libremente y expresar sus opiniones e ideas, por cualquier medio y sin ningún tipo de censura".

Que en lo referido específicamente a Cultura, la Junta de Estudios Históricos de Almagro advierte que la Constitución en el artículo 32° "propicia la superación de las barreras comunicacionales", contempla la PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES en el diseño y la evaluación de las políticas y "garantiza la preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural, cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad, la memoria y la historia de la ciudad y sus barrios". Y respecto de la comunicación de cambios proyectados, el artículo 47° garantiza el respeto a "la participación consultiva de entidades" de la cultura.

Que la Junta de Estudios Históricos de Almagro entiende que, cuanto menos, existieron DEBILIDADES respecto de la participación de la ciudadanía y sus entidades barriales en el tratamiento del asunto que nos ocupa.

Asimismo, tenemos conocimiento de que el proyecto fue aprobado sin contar con el tratamiento y aprobación de la Junta Comunal (Comuna 5), representante de los vecinos.

Que la Junta de Estudios Históricos de Almagro sostiene que el señor ÁNGEL PELUFFO tiene sobrados méritos profesionales vinculados al barrio de Almagro, relacionados además con el cuidado ambiental y la calidad de vida, desde el año 1865, en el que comenzó a desempeñar actividades comerciales y de investigación, por las que fue laureado internacionalmente, que murió en 1922 en Avenida Rivadavia 4079; que en 1927 un terreno de lo que fuera su propiedad fue cedido al erario público con el objeto que se abra una calle que llevara su nombre, y que, en su homenaje, a esa arteria le fue asignado su nombre por la Ordenanza N° 5482 publicada en el Boletín Municipal N° 3547 del 28 de diciembre de 1933, DENOMINACIÓN QUE MANTUVO DURANTE LOS ÚLTIMOS 81 AÑOS.

Esta Junta de Estudios Históricos de Almagro deja expresa constancia de que no está animada por NINGÚN ARGUMENTO CONTRARIO a la persona y labor profesional del Dr. Carlos A. Gianantonio. Por otro lado, se recuerda que este prestigioso profesional ya fue distinguido en los últimos años por LEY N° 3682, sancionada el 13/12/2010 —Publicación: BOCBA N° 3615 del 28/02/2011—, cuyo artículo 2° dice lo siguiente: “Denomínase “Plaza de los Niños, Dr. Carlos Arturo Gianantonio” a la plaza que se encuentra en Estación Villa Pueyrredón del FFCC Mitre y con salida a las calles José G. Artigas, Ladines y Bolivia”.

Por todo ello, solicitamos por nota dirigida al Diputado Cristian Adrián Ritondo, Vicepresidente 1º de la Legislatura de la Ciudad de Buenos, que intervenga ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que se instrumenten a la brevedad los mecanismos conducentes a la restitución de la nomenclatura "ÁNGEL PELUFFO" que desde el año 1933 rinde merecido homenaje a un ILUSTRE VECINO DEL BARRIO DE ALMAGRO.

A dicho pedido adjuntamos un documento con cerca de sesenta firmas de vecinos de calle Ángel Peluffo en el que se solicita que a dicha arteria le sea restituido el nombre original (Ángel Peluffo). Destacamos las firmas del Lic. Kurt Frieder, fundador, primer presidente y director ejecutivo del la Fundación Huésped (Ángel Peluffo 3932) y de Francisca Brito, directora de la Asociación Civil Aimo (Ángel Peluffo 3925), institución que atiende a niños con síndrome de Down, y una Biografia de Don Ángel Peluffo.

Lic. Elena Inés Maurin
Presidente
Junta de Estudios Históricos de Almagro
Miembro de la Federación Junta Central de Estudios Históricos de la Ciudad de Buenos Aires

Vea aquí Convocatoria a Audiencia pública publicada en www.info-almagro.com.ar


www.info-almagro.com.ar (9300) - Publicado el: 22/10/15